CFDI v4.0 7


CFDI v4.0

 

El 5 de diciembre de 2016 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado de manera oficial el nuevo anexo 20 correspondiente a la versión 3.3 para los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) el cual iniciará su vigencia a partir del 1 de julio de 2017.

 

Dentro de los cambios más importantes destacan la generación del sello digital del emisor a 2048 bits empleando el algoritmo de encriptación SHA-2 256.

 

Esta nueva encriptación producirá un incremento de 33% en el tamaño de las cadenas imprimibles respecto a la versión anterior.

 

Asimismo, la nueva versión contempla cambios en el Código de Barras Bidimencional (QR Code), ahora incorpora la URL de acceso al servicio para mostrar los datos del comprobante.

 

Dentro de los cambios se encuentra la publicación de 17 catálogos contemplados en el anexo 20:

  1. Catálogo de aduanas
  2. Catálogo de productos / servicios.
  3. Catálogo de unidades de medida para los conceptos en el CFDI.
  4. Catálogo de códigos postales.
  5. Catálogo de formas de pago.
  6. Catálogo de impuestos.
  7. Catálogo de Método de Pago.
  8. Catálogo de moneda.
  9. Catálogo de números de pedimento operados por aduana y ejercicio.
  10. Catálogo de países.
  11. Catálogo de patentes aduanales
  12. Catálogo de régimen fiscal.
  13. Catálogo de tasas o cuotas de impuestos.
  14. Catálogo de tipos de comprobante.
  15. Catálogo tipo factor.
  16. Catálogo de tipos de relación entre CFDI.
  17. Catálogo de uso de comprobantes.

 

Ademas incluye los siguientes cambios:

 

I. Del Comprobante fiscal digital por Internet:

  • Estándar de comprobante fiscal digital por Internet.
  • Secuencia de formación para generar la cadena original para comprobantes fiscales digitales por Internet.
  • Validaciones adicionales a realizar por el proveedor.

II. Del Comprobante fiscal digital a través de Internet que ampara retenciones e información de pagos.

  • Estándar de comprobante fiscal digital a través de Internet que ampara retenciones e información de pagos.
  • Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales a través de Internet que amparan retenciones e información de pagos.
  • Estándar del servicio de cancelación de retenciones e información de pagos.
  • Especificación técnica del código de barras bidimensional a incorporar en la representación impresa del comprobante fiscal digital a través de Internet que ampara retenciones e información de pagos.

III. Generalidades.

  • Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales por Internet.
  • Estándar del servicio de cancelación.
  • Especificación técnica del código de barras bidimensional a incorporar en la representación impresa.
  • De los distintos medios de comprobación digital:
    • Estándares y especificaciones técnicas que deben cumplir las aplicaciones informáticas. para la generación de claves de criptografía asimétrica a utilizar para Firma Electrónica avanzada.
    • Estándar y uso del complemento obligatorio: Timbre Fiscal Digital del SAT.
      • Estándar del complemento obligatorio timbre fiscal digital del SAT.
      • Secuencia de formación para generar la cadena original del complemento obligatorio timbre fiscal digital del SAT.
      • Uso del complemento obligatorio timbre fiscal digital del SAT.
    • Uso de la facilidad de nodos opcionales <Complemento> y <ComplementoConcepto>
    • Uso de la facilidad de ensobretado <Addenda>.De los distintos tipos de datos y catálogos.

 

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Aviso Importante.

En relación con los últimos cambios efectuados por el SAT y con el fin de brindar más tiempo a los desarrolladores y empresas en la implementación, se ha anunciado un periodo de convivencia entre los meses de julio y noviembre del presente año para ambas versiones.

 

Por esta razón todos los contribuyentes podrán seguir utilizando la versión 3.2 de la factura electrónica hasta el día 30 de noviembre de 2017.

 

A partir del 1 de diciembre de 2017, la única versión válida para emitir las facturas electrónicas será la versión 3.3.
La entrada en vigor para la emisión de comprobantes con el Complemento de Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio de 2017 sólo con la versión 3.3 de factura electrónica, y será obligatorio su uso a partir del 1 de diciembre de 2017.

 

El proceso de aprobación para la cancelación de las facturas electrónicas entrará el vigor el 1 de enero de 2018.

 

Para consultar el comunicado oficial de prensa por favor haga clic en el siguiente:
http://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_048?idiom=es

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